Reganosa sostiene que la tramitación administrativa de la regasificadora de Mugardos ha sido objeto de una “intensa vigilancia por los tribunales de justicia, lo que ha dado lugar a diecisiete sentencias que avalan la gestión de permisos y licencias llevada a cabo”.
El Tribunal Supremo ha estimado un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la plataforma de vecinos O Cruceiro de Mehá y otras entidades, de forma que anula la resolución que otorgó a Reganosa la autorización administrativa previa para la instalación de su planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado en Mugardos, según se conoció el pasado lunes.
De este modo, sostiene que ninguna de las sentencias firmes sobre la regasificadora cuestiona la seguridad o las prácticas de protección del medio ambiente establecidas para la instalación.
“La Justicia, reiterada y expresamente, ha dejado claro que la terminal de Mugardos cumple todo lo que le es exigible en materia de seguridad y de protección del entorno natural”, señala la regasificadora.
La autorización anulada por el Supremo era resolución era de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 2002, y fue confirmada en alzada por otra resolución del subsecretario de Economía en 2003.
La sentencia estimatoria, votada el 15 de marzo y fechada el pasado día 28, también falla que “ha lugar” el recurso de casación de la mencionada plataforma contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2013 que ahora queda anulada y sin efecto.
motivos
En concreto, los tres motivos de casación eran uno relacionado con las condiciones técnicas y de seguridad de la planta, otro por el impacto ambiental y un último por el emplazamiento, referido a la adaptación de una parte de la superficie en donde se sitúan las instalaciones, que era suelo industrial pero no apto para hidrocarburos.
Esta causa, relativa a la ley del sector de hidrocarburos, es la que ha sido acogida por la sala de lo contencioso-administrativo del Supremo.
Reganosa sostiene que la única objeción que el Tribunal Supremo pone en su sentencia se refiere a la situación urbanística de la planta cuando el Ayuntamiento de Mugardos autorizó en un suelo calificado como industrial que se realizase una actividad industrial de hidrocarburos. No obstante, admite el propio Tribunal Supremo que ya se ha subsanado el defecto de forma y que la planta cuenta actualmente con la cobertura urbanística adecuada y válida para cuando se tramite de nuevo la autorización cuestionada.
“Puesto que se trata de una cuestión formal, y no de fondo, la anomalía detectada no solo es subsanable, sino que la compañía trabaja ya en resolverla”, explicó la firma al conocer la sentencia anulatoria a la concesión previa de la autorización.
Desde la empresa destacan que la ejecución del primer proyecto de Reganosa, su regasificadora de Mugardos, constituye un “gran logro histórico de los intereses de Galicia frente al sistema establecido, porque, venciendo resistencias foráneas, consiguió primero consolidar su presencia en el sector gasista nacional y, después, alcanzar el reconocimiento europeo con la calificación de TSO, que le dio voz y voto en las infraestructuras gasistas internacionales”.