Estado y dignidad

La dignidad humana es fundamento del Estado. No sólo porque frecuentemente se halla así reconocida en numerosos preámbulos constitucionales o en sus primeros preceptos sino, porque, en realidad, si el ser humano no estuviera dotado de ese especial carácter, cualidad o rango que le permite forjarse su propio destino a partir de sí mismo, sin coacciones exteriores, entonces el Estado como institución no tendría razón de ser. Por tanto, la dignidad humana es el fundamento de los derechos humanos, no es un concepto jurídico indeterminado porque está reconocida en los textos constitucionales, convencionales y legales y es continuamente tenida en cuenta por la jurisprudencia. Es fundamento y fuente de derechos y obligaciones y de ella se deriva la trascendental diferencia entre personas y cosas. No es un axioma caprichoso, sino fruto de un acto intelectual que descubre que la persona humana merece un tratamiento diferenciado de todas las otras realidades temporales con las que interactúa el Derecho. El Tribunal Constitucional alemán considera a la dignidad humana la base de los principios sistemático-valorativos de la Ley Fundamental de Bonn. Es decir, la fuente de la que manan los derechos fundamentales y el solar desde el que se diseñan los principios constitucionales. En Alemania, el Tribunal Constitucional tiene declarado que la dignidad y el desarrollo de la personalidad son los puntos centrales para la comunidad social.


La dignidad es el valor constitucional supremo o valor jurídico más importante dentro del Ordenamiento constitucional. También se ha considerado a la dignidad humana como el fin supremo de todo el Derecho, por lo que es inviolable y no sujeta a instrumentalización de ningún género.


Por ello, existe una obligación general de los Poderes públicos y sociales, institucionales y privados, en su protección, en su defensa y, por supuesto, en su promoción, estando terminantemente prohibido hacer del hombre un mero apéndice u objeto del Estado y, por supuesto, toda cuanta intervención implique poner en cuestión su condición de sujeto portador de dignidad humana, sujeto titular de derechos fundamentales, sean individuales sean sociales.

Estado y dignidad

Te puede interesar