Estado, poder ejecutivo y derechos sociales

El complejo Gobierno-Administración pública, el poder ejecutivo, está vinculado por la efectividad de los derechos fundamentales. En efecto, es la rama del Poder público a la que más compete esta tarea porque le corresponde la ineludible tarea de gestionar ya administrar objetivamente los intereses generales. 
Siendo la promoción de los derechos fundamentales de la persona la dimensión más central del interés general en el Estado social y democrático de derecho, el Gobierno central, la Administración pública y los sujetos de derecho privado que ejercen funciones públicas, se encuentran sometidos a la efectividad de los derechos fundamentales. 


Desde luego, los campos en los que la vinculación de los derechos fundamentales es mayor y de más intensidad son educación y sanidad. 


Especialmente en materia de derecho a la educación y de derecho a la sanidad, dos derechos sociales fundamentales de capital relevancia para que las personas puedan vivir en dignas condiciones y desarrollar libre y solidariamente su personalidad.


La vinculación al poder ejecutivo es especialmente relevante en aquellos casos en que deba actuar en el marco de la discrecionalidad. 


En los casos en que debe apreciar o valorar la decisión a adoptar, si tenemos claro que Gobierno y Administración han de actuar con pleno sometimiento a la Ley y al Derecho, entonces en tal operación de contraste jurídico deberá inclinarse a favor del derecho social fundamental, a favor de implementar los medios necesarios para su satisfacción. 


De ahí que, en estos casos, como procede siempre la realización del derecho social fundamental, la discrecionalidad más bien se centra, no tanto en la adopción de la medida de prestación, que es obvia, sino en el modo en que se realiza en concreto la prestación de que se trate, que estará delineada por el derecho a la buena administración pública.

Estado, poder ejecutivo y derechos sociales

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