El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ferrol acaba de dictar una sentencia por la que se estima el recurso interpuesto por tres aspirantes a formar parte de la plantilla del Grupo de Emerxencias Supramunicipal de Mugardos que se quedaron fuera y, en consecuencia, se anula el proceso selectivo llevado a cabo por el Concello. La administración municipal dispone ahora de un plazo de 15 días para formular recurso de apelación si lo considera oportuno.
El litigio que generó la demanda que el juez Pablo Álvarez acaba de resolver se refiere a las pruebas selectivas convocadas por el Concello de Mugardos para cubrir doce plazas de personal laboral temporal para el GES, cuyas bases fueron aprobadas en junio de 2013.
En la sentencia se da la razón a los demandantes –representados por el abogado Alejandro Gutiérrez Sánchez– en el sentido de que se incumplieron las bases de la convocatoria en lo relativo a la elaboración del primer ejercicio del proceso selectivo, lo que podría haber provocado la filtración del examen, con la consiguiente nulidad del proceso.
En una de las bases se establecía que los aspirantes deberían responder a 50 peguntas tipo test que tendrían que ser elaboradas por el tribunal en el momento de su constitución. “Debemos considerar –dice la sentencia– que en el presente asunto se ha incumplido lo dispuesto en la base transcrita, pues tal como resulta acreditado, el primer examen del proceso selectivo lo elaboró un único miembro del tribunal calificador, el vocal José Luis Barca Añón, y por un correo electrónico el día 5 de julio de 2013, es decir una semana antes de la celebración del ejercicio, envió las preguntas del examen al secretario suplente, Diego Seijo, que presta servicios como auxiliar administrativo en el Concello de Mugardos”.
El juzgador considera “especialmente relevante” el posterior correo electrónico que de nuevo envía José Luis Barca a Diego Seijo con el texto: “perdona Diego, es que no recuerdo si te he enviado las respuestas que me habías solicitado”. En este sentido, en la sentencia se añade que soprende que el día 8 de julio el secretario suplente solicitara al vocal que le enviara las respuestas, “cuando hasta cinco días después no estaba previsto que se realizara dicho ejercicio y no siendo necesario que el Concello de Mugardos tuviera previamente las referidas respuestas”.
Para el magistrado Pablo Álvarez no existe garantía de que algunos de los aspirantes no tuvieran acceso a las respuestas de las preguntas confeccionadas por el vocal José Luis Barca Añón. Añade otro indicio de “suma relevancia” y es el hecho de que de los 74 aspirantes presentados superaran dicha prueba 18, de los que 15 obtuvieron una calificación de 9 puntos o superior, lo que supone casi el 80% de los que aprobaron el examen, y los otros cuatro tuvieron entre 5 y 7 puntos.
La experiencia en procesos selectivos hace que el juez cuestione unas calificaciones como las descritas, “pues lo normal es que la mayor puntuación la alcancen el menor número de aspirantes y no al contrario”, apostilla en su sentencia.
Con respecto a la circunstancia de que casi la mitad de los aprobados formaba parte de la Agrupación de Protección Civil del Concello de Mugardos, el juzgador considera que este hecho también constituye otro indicio de la posible filtración del primer examen del proceso selectivo. En base a lo expuesto, el juez considera que se ha vulnerado lo dispuesto en el artículo 23 de la Constitución española, así como los artículos 55 y siguientes de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, por lo que procede la anulación del proceso selectivo.