Entra en vigor el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos

Entra en vigor el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos
Vehículo clásico I Cedida

Mañana, primero de octubre, entra en vigor el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos. Desde este momento los trámites para legalizar tu moto como histórica serán mucho más sencillos y consecuentemente más fáciles de realizar.


Con la nueva normativa será más fácil documentar una moto como histórica. Esto conlleva ventajas fiscales y de uso por lo que muchos propietarios se animarán a realizar este trámite que hasta ahora evitaban hacer. 


El reglamento actual, en vigor desde 1995, requiere excesivos problemas de gestión ante Industria, un laboratorio especializado, la ITV y la DGT. Esto, junto con los gastos de tiempo y dinero que supone, en algunos casos llega a superar el valor del vehículo y hacen desistir al propietario de realizar los trámites para documentar su moto como histórica. Con la nueva normativa las gestiones necesarias y los gastos que la tramitación supone se verán reducidos a la mínima expresión y la declaración de tu moto como vehículo histórico podrá realizarse de forma mucho más rápida y económica.


Hemos de matizar que, si bien popularmente existen tres denominaciones para los vehículos, antiguos, clásicos o históricos, la única clasificación reconocida oficialmente por la DGT es la de Vehículo Histórico (VH) ya que la legislación solo hace referencia a esta última determinando los vehículos se incluyen en ella. Por norma general se considera que un vehículo es antiguo si, además de ser usado, tiene más de 10 años. Un clásico, para ser considerado como tal, debe tener al menos 25 años y además de la antigüedad debe estar en un buen estado de conservación. Los propietarios de estos vehículos tienen algunas ventajas ya que disfrutan de seguros a precios especiales y la exención del Impuesto de Circulación de Vehículos. Antiguo y clásico son términos habituales que utilizamos como sinónimos de histórico, pero solo esta última clasificación está reconocida oficialmente por la DGT.

 

 


El nuevo Reglamento regula las características y requisitos que deben reunir los vehículos históricos. Con esta nueva normativa se facilitarán y agilizarán las matriculaciones históricas simplificando los trámites y abaratando los costes, y siendo estás mejoras significativas se añaden además otras ventajas relativas al uso del vehículo en las vías públicas.


Para ser considerado histórico el vehículo debe haber sido matriculado por primera vez o fabricado hace treinta años como mínimo, siendo obligatorio mantenerlo en su estado original, sin reformas ni modificaciones que varíen sus características y afecten al motor, carrocería, frenos, suspensiones, etc. Además de la edad, deberán cumplir otros requisitos como que el modelo en cuestión se haya dejado de fabricar. La elaboración y desarrollo de la normativa fue efectuada por la Dirección General de Tráfico (DGT) y el Ministerio de Industria contando para ello con la colaboración del las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA).


Según la nueva normativa, en vigencia desde mañana, los vehículos históricos se clasifican en dos grupos:


Grupo A: los que tengan matrícula española, 30 años o más, ITV en vigor y no se hayan efectuado cambios sustanciales en su estructura. Más del 95% de los vehículos históricos de España se podrán clasificar en este grupo y los trámites para hacerlo se verán muy simplificados. Su propietario sólo deberá presentar una declaración responsable conforme el vehículo es susceptible de clasificarse como histórico. Mantendrán su matrícula original y no podrán ser utilizados como vehículo habitual. Para efectuar el trámite ente la DGT ya no será necesario un informe de un laboratorio oficial, únicamente se deberá tener la ITV en vigor y hacer efectivo el pago de la tasa por cambio de servicio del vehículo que costará entre 20 y 30 euros.


Grupo B: vehículos importados, con modificaciones o de baja en la circulación y el resto de vehículos que no cumplan los requisitos anteriores. Estos vehículos necesitarán de un informe técnico elaborado por los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos.


En este último grupo están incluidos los ciclomotores que en su día no cambiaron la matrícula “amarilla” por la actual y por lo tanto están dados de baja. Desde mañana, con la nueva normativa, podrán recuperarse y gestionar su matriculación como históricos retornando nuevamente a la circulación. Para hacerlo deberán presentar un informe técnico acreditando que se trata de un vehículo apto para ser considerado histórico que será expedido por la Asociación Nacional de Acreditadores (ENAC) y tendrá validez para toda España.


Si bien aquí hago algunas anotaciones en relación a la nueva normativa, será necesario, a la vista del nuevo Reglamento, pormenorizar en ellas en toda su magnitud una vez publicado el Reglamento de Vehículos Históricos. 

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