El pasado miércoles, día 2, el gobierno local presentó en la comisión de Urbanismo a los grupos de la oposición el borrador de la que será la futura ordenanza de ruidos. El documento, muy demandado tanto por vecinos como por las formaciones políticas del municipio desde hace años, busca volver a dotar al Concello de una normativa propia, dado que desde 2012 en el territorio se aplica la legislación estatal, que en su momento era más restrictiva pero que ya no se ajusta a las necesidades ferrolanas.
Ante esta coyuntura, el Consistorio destinó el año pasado más de 17.000 euros para la redacción de este texto –encargo realizado por la empresas Sonen–, que los ciudadanos pueden consultar en el apartado de Consultas previas de la Sede Electrónica de la web municipal –también se incluye el documento de la exposición pública con las instrucciones para presentar durante las próximas dos semanas alegaciones–. Una vez los vecinos y los grupos políticos trasladen al Concello sus propuestas y enmiendas, estas se resolverán y, posteriormente, se llevará a pleno para su oficialización.
En cuanto al documento en sí, el mismo incluye desde las definiciones de zonificación acústica hasta los diferentes índices y márgenes aplicables a cada actividad, pasando por potenciales medidas correctoras e incluso las sanciones aplicables en caso de incumplimiento. Se trata de una ordenanza compleja y completa, pero a la vez relativamente general, lo que permite crear un marco con capacidad de interpretación para ajustarse a determinadas situaciones particulares.
No obstante, si se plantea bajo la cuestión de en qué afecta directamente a la vida de los vecinos, la respuesta sería “no mucho”, aunque con matices. Y es que, para la mayoría de las actividades cotidianas de los ferrolanos, la ordenanza no se aleja de lo establecido en la legislación estatal, pero sí supondrá un impacto, por ejemplo, en el ocio nocturno o las propuestas de dinamización de comercio y hostelería –con la celebración de conciertos y eventos varios en la vía pública–.
En cualquier caso, el texto señala que su ámbito de aplicación, de carácter general, serán “todas as actividades, comportamentos, infraestruturas locais, instalacións, elementos construtivos, medios de transporte, máquinas, aparellos, obras, vehículos (...) que no seu funcionamento xeren ruído e/ou vibracións susceptibles de causar molestias ás persoas, danos aos bens, xerar riscos para a saúde ou o benestar, ou deteriorar a calidade do ambiente”.
De forma específica incide en las actividades domésticas, como el uso de electrodomésticos y labores con herramientas; los ruidos ciudadanos por la calle; las actividades de carga y descarga de mercancía o los trabajos en la vía pública, entre otros. Asimismo, se excluyen ciertos ámbitos laborales y militares, que se rigen por su propia normativa.
Uno de los puntos más relevantes de la nueva normativa es la delimitación de áreas de afectación, concretamente las Zonas de Protección Acústica Espacial (ZPAE) y las de Situación Acústica Especial (ZSAE). Básicamente, la ordenanza establece que aquellas áreas en las que no se cumplan los objetivos básicos de calidad serán declaradas ZPAE por el gobierno local.
Bajo esta denominación, el Concello establecerá un plan específico con una serie de hitos y medidas correctoras que se deberán aplicar. Entre otras acciones, el Consistorio podrá suspender la concesión de licencias, previo aviso, para una determinada actividad; establecer restricciones horarias o de funcionamiento del elemento o maquinaria que origine los valores negativos de ruido; o instalación de barreras acústicas, sistemas de limitación sonora, ordenar la colocación de más aislamiento, etc.
En caso de que dichas medidas no sean eficaces en el cumplimiento de los objetivos acústicos fijados, después de tres años puede declararse a la zona afectada como ZSAE, lo que supondrá en la práctica implantar más acciones correctivas.
Otra de las responsabilidades del Concello es asegurar la aplicación de esta normativa, garantizando “a potestade inspectora e sancionadora” del personal encargado de estas labores. Así, las inspecciones se podrán realizar de oficio o por instancia de parte y la persona o personas responsables de las instalaciones afectadas deberán colaborar en todo momento con los funcionarios designados para ello.
En cualquier caso, las mediciones de los sonómetros de los inspectores y las de los permanentes tendrán la misma validez. Respecto a las sanciones, la normativa establece tanto unos márgenes económicos para los diferentes grados de infracción, como otras acciones punitivas que podrán variar dependiendo de la gravedad de la situación.
La normativa establece una serie de comportamientos ciudadanos calificados como “no tolerables” y que están prohibidos si generan molestias entre las 22.00 y las 08.00 horas. Los gritos y cánticos; el arrastre de mobiliario; los ruidos de animales; el uso de instrumentos o aparatos musicales o herramientas son algunas de estas conductas no permitidas en dicho horario.
Al igual que con el resto de comportamientos ciudadanos, la normativa establece que, entre las 22.00 y las 08.00 horas, salvo en caso de contar con una autorización municipal expresa, quedan prohibidas todas las actividades deportivas y juegos en espacios públicos como pistas, parques, zonas residenciales, etcétera, si existe la posibilidad de causar molestias a los vecinos.
Dentro de la nueva ordenanza se establecen una serie de normas específicas para vehículos a motor. Entre otros puntos, se destacan los límites de ruidos que se pueden alcanzar; la obligatoriedad de tener instalados correctamente los elementos silenciadores; la prohibición de “prácticas de conducción indebidas”; o el uso de la bocina “de xeito innecesario ou excesivo” salvo en casos de peligro.
La administración local no está exenta de cumplir esta normativa. Así, la ordenanza contempla que el Concello tiene la obligación de promover el uso de maquinaria con el mínimo posible impacto sonoro en las contrataciones públicas. De igual modo, los niveles de ruido serán un factor a tener en cuenta a la hora de equipar a los trabajadores municipales para realizar su labor.
Las alarmas y sistemas de megafonía no están en sí prohibidos, pero sí tendrán que adaptarse a la nueva normativa. En el primero de los casos, los responsables de los establecimientos deberán informar a la Policía de la existencia de estos dispositivos para poder apagarlos en caso de necesidad. Para los segundos, se requerirá un permiso municipal y su uso deberá estar justificado.
Además de las obligaciones de carácter general, la normativa cuenta con una sección específica para la construcción y reforma de edificios –como los sistemas de aislamiento sonoro a emplear– y para el correcto funcionamiento del comercio y la hostelería y las instalaciones industriales. Así, aquellos responsables de estas localizaciones deberán conocerlas y aplicarlas para evitar sanciones.
Es el margen económico entre el que oscilan las sanciones por infracciones leves. Estas no suponen otras medidas punitivas y son las que afectarán más directamente a la ciudadanía. Aquí se incluyen los ruidos domésticos a partir de cierto horario, los motores, sistemas de aviso y de alarma de vehículos, el uso no autorizado de sistemas de megafonía o los comportamientos incívicos en la vía pública.
Son las cuantías mínima y máxima establecidas para las infracciones graves. Este apartado afecta más a actividades profesionales, contemplando no solo que se superen ciertos valores de ruido a determinadas horas, sino también conductas como no contar con aislamiento acústico o sistemas de medición. Puede suponer también la suspensión de licencias e incluso el cierre parcial del negocio.
Las multas por infracciones muy graves pueden llegar a alcanzar los 300.000 euros y otras sanciones como la clausura de un local o el precintado de maquinaria y equipamiento, entre otras. Este apartado es básicamente una extensión del anterior, con valores incluso más altos y contemplando conductas como el incumplimiento de medidas correctoras o la acumulación de más de tres infracciones graves.