Las bicicletas son para el verano, anunciaba Fernando Fernán Gómez hace ya algún tiempo, cuando constituían principalmente un pasatiempo para niños y no uno de los métodos más populares para hacer deporte entre hombres y mujeres de todas las edades. Las bicicletas son ahora para todo el año, pero no se le esconde a nadie que es en estos meses estivales cuando su presencia en las carreteras se multiplica y provoca una mayor irritación entre los “otros” conductores, los que manejan cuatro ruedas y siempre tienen mucha prisa por alcanzar su destino.
Para promover una convivencia pacífica este verano y, sobre todo, evitar también que se multipliquen los accidentes que involucran a ambos grupos de pilotos, es conveniente recordar los derechos y deberes que ambos tienen, especialmente en las vías interurbanas. Así, para aquellos que manejan las cuatro ruedas, la legislación vigente establece que un ciclista sobre su bicicleta constituye un vehículo y, como tal, deben abordarse las interacciones con este dúo persona/máquina. Por ejemplo, un ciclista que se nos aproxima por el carril contrario nos condiciona a la hora de adelantar en el nuestro de la misma forma que lo haría un camión. En resumen, aun con línea discontinua en la calzada, no podríamos hacerlo.
Ocurre lo mismo si nos preceden en la carretera. No tienen obligación de circular por el arcén, sino que pueden ocupar la parte derecha del carril si así lo estiman y el espíritu de la normativa, que indica que el uso del claxon debe reservarse a situaciones de emergencia, se hace aquí más evidente dado que el ciclista es mucho más susceptible de tener un accidente si se le inflige un sobresalto como ese.
Donde la ley se desvía de la consideración de vehículo para ofrecerles algo más de protección es en las “distancias cortas”. Así, si bien un adelantamiento entre dos coches puede realizarse a cualquier distancia horizontal, razonablemente segura, se advierte a los conductores que, al sobrepasar a una bicicleta se deje un mínimo de metro y medio de espacio y que se haga a una velocidad continua y no excesiva. Las consecuencias de un mal adelantamiento pueden ser desastrosas y han quedado reflejadas en la estadística. De esta forma, la mayor parte de los accidentes que involucran a coches y bicicletas tienen lugar en las vías urbanas, pero son los ocurridos en carretera los que se cobran prácticamente todas las vidas de los amantes de las dos ruedas.
deberes
Y si hasta ahora hemos estado hablando de sus derechos, hay que recordar a estos amantes de las dos ruedas sus obligaciones. Por ejemplo: El casco debidamente homologado –circular sin el mismo puede acarrear una multa de hasta 200 euros–, el hecho de que no pueden llevar auriculares de ningún tipo mientras circulan o hablar por el móvil –como los demás conductores– o que tienen la obligación de señalizar sus próximos movimientos –giros, paradas bruscas, etc...–
También cabe mencionar que, si tienen previsto estar en la carretera de noche o en las horas consideradas de escasa visibilidad –orto y ocaso– deben llevar ropa reflectante y dotar a su bicicleta de las necesarias luces delantera y trasera puesto que deben ser visibles a una distancia de al menos 150 metros. Asimismo, si bien está permitido que dos ciclistas rueden en paralelo en una carretera comarcal, no pueden superar ese número y no deben hacerlo si así obstaculizan la marcha normal de otros vehículos.
Finalmente, los límites de velocidad se aplican por igual a unos y otros –las bicicletas no deben rodar a más de 45 kilómetros por hora– así como la prohibición de beber alcohol o consumir drogas. Ambas infracciones se sancionan económicamente y, en el caso de los ciclistas, la multa puede llegar a los 500 euros.